Para saber cómo se las gastan en USA en materia de sanciones por violación de las (escasas) normas en materia de privacidad y protección de datos, es interesante echarle un vistazo al documento de la Federal Communication Commission (FCC), donde se publica la sanción de 7,4 millones de dólares (a ojo, unos 7 millones y pico de euros), por no haber cumplido fehacientemente, entre otras cosas, con el deber de información (documento, en inglés, aquí).

¿Qué ha pasado?

Según las averiguaciones de la FCC, Verizon no ha cumplido con lo que aquí llamamos el deber de información, previsto en el art. 5 LOPD. Más concretamente, la empresa de telecomunicaciones ha venido menos a su obligación de informar a unos dos millones de usuarios sobre su política de privacidad, no informando siquiera sobre la posibilidad de opt-out (en cristiano, la posibilidad de los usuarios de verse excluídos del tratamiento de sus datos para fines comerciales, habiéndose dado por descontado su consentimiento). Por cierto, en España, lo del opt-out no se puede utilizar…

Además, la sanción incluye la obligación para Verizon de informar sobre los derechos que asisten a los usuarios, a través de las facturas que éstos recibirán a lo largo de los próximos 3 años.

Teniendo en cuenta que tamaña sanción es la más alta impuesta por la FCC hasta la fecha, ¿querrá decir que en USA se están tomando la privacidad y la protección de datos más en serio? Tengo mis dudas.

Aun así, este post quizás ayude a reflexionar a los que ven las multas económicas de nuestra Agencia Española de Protección de Datos como desproporcionadas.