Creo que hay un «gran olvidado» en el tratamiento de los temas relacionados con la Administración Electrónica: la Protección de Datos. En más de una ocasión he hecho referencia a la Ley 15/99, pero siempre de pasada y quizás haya llegado la hora de prestarle la debida atención.

En la decisión de dedicar un post a la Protección de Datos ha influido también la última edición de Infoc@ldero, una simpática iniciativa del Ayuntamiento de El Campello y, en particular, de los técnicos informáticos de la Concejalía de Nuevas Tecnologías. Es mérito de estos últimos si, después de las reflexiones profesionales, hemos podido charlar distendidamente de lo divino y de lo humano y hasta de la vida diaria de los Ayuntamientos.

En su 8ª edición que se ha celebrado el pasado 28 de noviembre, he tenido la ocasión de charlar muy rápidamente  (¡una vez más!) sobre la LOPD. El público, constituido casi exclusivamente por técnicos informáticos de la Provincia de Alicante, no creo que deseara una ponencia sobre las interpretaciones legales de la Ley 15/1999, ni de su Reglamento de Desarrollo, así que he optado por describir la situación actual de las Administraciones Locales a través de mi experiencia profesional y haciendo algunas preguntas (¿malintencionadas?).

Las respuestas recibidas han reforzado lo que yo he estado observando a lo largo de los últimos años. Cuando he preguntado a los casi 100 asistentes cuántos habían superado la Auditoría en materia de Protección de Datos en los últimos dos años, sólo se han levantado tímidamente unas 5 manos (y soy generoso).

El resultado es, francamente, descorazonador. A ver si en este blog tengo un resultado más alentador con esta encuesta (por cierto, a través de ella no se recaban datos personales):

¿Cómo es posible que los Ayuntamientos se estén preguntando qué hacer en materia de Administración Electrónica, si no saben cuál es el punto de partida? Además de ser un deber legal, la Auditoría sirve también para saber dónde y cómo estamos. Sólo así, sabremos hacia dónde dirigirnos.

Además, la Ley 11/2007 está repleta de referencias a la importancia de la LOPD para los proyectos de e-Administración. Sin contar con la Exposición de Motivos, he contado por lo menos 10 artículos que obligan a observar los principios de la LOPD en los procesos de modernización (o como se les quiera llamar) de las Adminsitraciones Públicas.

Estando así las cosas, casi es preferible no tener herramientas que permitan un rápido y eficaz tratamiento de los datos de los ciudadanos (que son los que conforman la inmensa mayoría de los expedientes administrativos), si estas herramientas no respetan los principios previstos en el art. 18 de la Constitución.

En todo caso, en algún descanso del estudio del SIGEM, me pondré manos a la obra para ver algunos aspectos de la LOPD que afectan de lleno a la implantación y al desarrollo de la Administración Electrónica.